miércoles, 18 de noviembre de 2020

EXPULSION DE LOS EXTRANJEROS QUE SE ENCUENTRAN DE FORMA IRREGULAR EN ESPAÑA: NUEVOS CRITERIOS

 




El pasado mes de octubre de 2020 el TJUE dictó una sentencia en la que se establecen determinados criterios para la expulsión de extranjeros que se encuentran de forma irregular en España.

A raíz de dicha Sentencia del TJUE han cambiado los criterios para la expulsión de un extranjero que se se encuentra aquí de forma irregular:

Criterios para expulsión


  • Haber sido detenido el extranjero en el marco de la comisión de un delito o que al mismo le consten antecedentes penales.
  • Que el extranjero invoque una falsa nacionalidad.
  • La existencia de una prohibición de entrada anterior.
  • Carencia de domicilio y documentación.
  • El incumplimiento de una salida obligatoria.
  • Imposibilidad de comprobar cómo y cuándo entró en territorio español, determinada por la indocumentación del extranjero, o la ausencia de sello de entrada en el documento de viaje.

En el resto de procedimientos sancionadores que se inicien en España por estancia irregular debe regir el criterio de proporcionalidad. Por tanto, correspondería únicamente la sanción de multa.

Se transcribe la instrucción:


Instrucción núm. 11/2020: Efectos de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre los procedimientos sancionadores por infracción al artículo 53.1 a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.

viernes, 6 de noviembre de 2020

TARJETA FAMILIAR COMUNITARIO PARA PADRE DE UN MENOR ESPAÑOL




Ahora será posible tramitar y obtener una Nueva TARJETA FAMILIAR COMUNITARIO para los padres de menores comunitarios y una nueva tarjeta de 5 años que habilita a trabajar para los padres de menores españoles si se cumplen una serie de requisitos.

Esto supone que los padres que tienen tarjeta por arraigo familiar pueden solicitar esta tarjeta de familiar comunitario, así como los que estén indocumentados.



Nota de prensa publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Los progenitores extracomunitarios de menores ciudadanos de la Unión Europea podrán obtener una tarjeta de residencia

  1. A partir de ahora la concesión o la prórroga de la tarjeta de residencia deja de estar condicionada a los criterios sobre la procedencia de sus recursos económicos
  2.  El objetivo de las nuevas instrucciones de la Secretaría de Estado de Migraciones es garantizar un entorno estable para el desarrollo de un menor

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones da respuesta a una demanda histórica en materia de Extranjería impulsada por organismos como el Defensor del Pueblo.
Estos organismos, han defendido en múltiples ocasiones la necesidad de llevar a cabo una modificación en la regulación del arraigo familiar con la finalidad de salvaguardar a estas personas de la situación de irregularidad en la que se pueden encontrar al cabo de un año. Tomando en cuenta las consecuencias que esto conlleva para su inclusión social y, por extensión, para el bienestar de su familia.

sábado, 16 de mayo de 2020

LOS ABOGADOS PODEMOS PRESENTAR PERMISOS INICIALES Y RENOVACIONES DE FORMA TELEMÁTICA


LOS ABOGADOS YA PODEMOS  HACER LA PRESENTACIÓN DE PERMISOS INICIALES Y RENOVACIONES DE FORMA TELEMÁTICA.

Esto ha sido posible porque se ha firmado el correspondiente convenio entre la Administración General del Estado y el Consejo General de la Abogacía Española en relación con la realización de trámites administrativos y gestión documental por vía telemática.

Por ello, los diferentes Colegios de Abogados de todas las ciudades de España comenzaron las gestiones oportunas para que los letrados pudieran adherirse al convenio y poder así presentar de forma telemática tanto renovaciones de los permisos de extranjería como la presentación inicial de los mismos.


domingo, 12 de abril de 2020

Las personas que pueden trabajar en el campo durante el Estado de Alarma




Según lo recogido en el Real Decreto-ley 13/2020 de 7 de abril, podrán beneficiarse de las medidas de flexibilización de carácter temporal las siguientes personas:
  1. Personas en situación de desempleo o cese de actividad.
  2. Trabajadores cuyo contrato se haya visto temporalmente suspendidos.
  3. Trabajadores migrantes cuyo permiso de trabajo concluya en el período comprendido entre la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el 30 de junio de 2020, cuya prórroga se determinará a través de instrucciones de la Secretaría de Estado de Migraciones.
  4. También podrán acogerse los jóvenes nacionales de terceros países, que se encuentren en situación regular de entre 18 y 21 años. Se trata de jóvenes con tarjeta de residencia que no les autoriza a trabajar pero se les permitirá trabajar. 

Además, como medida adicional los trabajadores que quieran incorporarse al trabajo en el campo deberán tener su domicilio próximo a los lugares donde vayan a desempeñar estos trabajos. Se entiende que hay proximidad cuando el domicilio del trabajador o el lugar en que pernocte temporalmente mientras desarrolla la campaña esté en el mismo término municipal o en municipios limítrofes


jueves, 20 de febrero de 2020

¿EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LAS TARJETAS DE FAMILIAR COMUNITARIO?: LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA






CRITERIO DE APLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA DE 27 DE JUNIO DE 2018 A LAS SOLICITUDES DE TARJETA DE RESIDENCIA DE FAMILIARES DE CIUDADANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=203405&pageIndex=0&doclang=es&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=511753


El 27 de junio de 2018 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó Sentencia sobre la cuestión prejudicial planteada por el Consejo de Estado belga acerca de la obligatoriedad de emitir una resolución favorable una vez transcurrido el plazo para resolver establecido por el artículo 10.1 de la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.

Dicha cuestión  prejudicial hacia referencia a un supuesto en el que el solicitante de una autorización de familiar de ciudadano de la Unión Europea no había reunido los requisitos exigidos para dicha residencia y  la administración no le  había notificado la resolución en plazo.