domingo, 24 de julio de 2022

lunes, 18 de julio de 2022

SENTENCIA IMPORTANTE. No se trata de una relación análoga a la matrimonial

  "...Efectivamente ni toda relación de amantes o novios, ni sólo tales relaciones son incardinables en los tipos penales que se cuestionan, siendo el dato definitivo la prueba cumplida de una relación con un cierto grado de compromiso mutuo, con la existencia de obligaciones recíprocas, o de otros datos que pongan de manifiesto la seriedad y vocación de permanencia compartida de la relación para poderla asimilar a la conyugal; presupuestos que no se cumplen ni se acreditan en el presente caso."