domingo, 14 de agosto de 2022

REFORMA DE LA LEY DE EXTRANJERÍA, ENTRA EN VIGOR EL 15 DE AGOSTO DE 2022



La reforma de la Ley de Extranjería

Se ha procedido a la modificación del Real Decreto 557/2011 (RLOEX) que regula la ley de extranjería en el territorio español.



La reforma del reglamento de la Ley de Extranjería presenta 3 grandes novedades:https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-12504

  1. Facilita a los empresarios la contratación de extranjeros en sus países de origen. Así, a estos trabajadores se les ofrecerá una autorización de trabajo de 4 años que les permitirá estar empleados 9 meses durante cada ejercicio.
  2. Mayor flexibilidad para los estudiantes extranjeros. Los estudiantes de países de fuera de la UE que se matriculen en España, podrán trabajar hasta 30 horas semanales y se les facilitará permanecer en el país para trabajar al finalizar su formación.
  3. Se crea el arraigo por formación como vía de regularización. Los inmigrantes que lleven al menos 2 años en España en situación irregular tendrán una vía para conseguir sus papeles. El arraigo por formación les proporcionará una autorización de residencia para formarse en ocupaciones en las que se necesita mano de obra, que les permitirá trabajar si posteriormente consiguen un contrato de trabajo.
Facilidades para el emprendimiento
Como vemos, la reforma de la Ley de Extranjería trae consigo estas 3 importantes novedades, pero también plantea una serie de modificaciones de tipo técnico que van a hacer más fácil emprender, reagrupar a familiares o la posibilidad de regularización.

En concreto, una de las principales medidas de refuerzo de la migración regular es la racionalización de los requisitos que se van a exigir a aquellos trabajadores autónomos procedentes de países extranjeros.

Además, en el ámbito de las renovaciones se ha determinado la máxima compatibilidad entre trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia para incentivar el emprendimiento entre las personas migrantes, extendiendo su vigencia hasta los 4 años.

La reforma ha sido aprobada en Consejo de Ministros y ya está publicado en el BOE el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, que la regula, y que entrará en vigor el próximo 15 de agosto.


la creación de una nueva figura de arraigo: el arraigo para la formación.
En este caso hablamos de un permiso de residencia por circunstancias excepcionales de duración 1 año que se concederá a todos aquellos extranjeros en situación irregular que se comprometan a iniciar una formación oficial que le permita conseguir una titulación al completar los estudios.

Siempre y cuando se mantuvieran estos estudios, el extranjero podría prorrogar este arraigo durante 12 meses más.
Hablamos de una regularización de extranjeros que se formen en sectores con demanda de mano de obra alta y que puedan ocupar puestos que actualmente no tengan suficientes trabajadores nacionales.

A nivel de requisitos, este nuevo arraigo requeriría haber residido en España durante 2 años de manera irregular y carecer de antecedentes penales.


Posibilidad de trabajar tanto por cuenta ajena como propia al renovar tu permiso de trabajo

Hasta ahora, el extranjero con un permiso de trabajo por cuenta ajena no podía trabajar por cuenta propia (a menos que tuviera compatibilidad (y viceversa). La nueva modificación en la ley de extranjería cambia esto.
Así, tanto si tienes un permiso por cuenta ajena como por cuenta propia, una vez renovado podrás trabajar indistintamente para una empresa o como profesional independiente, sin que tenga que existir la compatibilidad. Y esto sin realizar ningún trámite previo, pues hasta ahora para pasar de cuenta propia a cuenta ajena (o al revés) había que realizar un procedimiento legal, en muchos casos tediosos. Con la nueva modificación no será necesario.

Se irá aportando más detalles de la reforma.

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