sábado, 25 de abril de 2015

Documentos que se deben aportar para solicitar la Nacionalidad Española

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Documentos que se deben aportar para solicitar la  Nacionalidad Española
Documentos que deben aportar los que solicitan la nacionalidad por residencia en el Registro Civil del lugar donde residen.

Documentación exigida para casos específicos:

– Medios de vida para residir en España (contrato de trabajo, nóminas, informe laboral de la Tesorería de la Seguridad Social, o cualquier otro medio de prueba).

– Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad, en su caso.

Casado/a con español/a. Debe aportar:

– Modelo de solicitud normalizado y aprobado por Resolución de 7/05/2007, de la Subsecretaría («BOE» 25/07/07).

– Tarjeta de identidad de extranjero, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de extranjeros.

– Pasaporte.

– Certificado de empadronamiento.

– Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.

– Si es mayor de edad, certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o consular de conducta.

– Medios de vida para residir en España (contrato de trabajo, nóminas, informe laboral de la Tesorería de la Seguridad Social, o cualquier otro medio de prueba).

– Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad, en su caso.

– Certificación literal de nacimiento del cónyuge español, expedido por Registro civil español.

– Certificación literal de matrimonio expedido por Registro civil español.

– Certificado de Convivencia o Empadronamiento conjunto con el cónyuge.

Viudo o viuda de un español o española.

– Modelo de solicitud normalizado y aprobado por Resolución de 7/05/2007, de la Subsecretaría («BOE» 25/07/07).

– Tarjeta de identidad de extranjero, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de extranjeros.

– Pasaporte.

– Certificado de empadronamiento.

– Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.

– Si es mayor de edad, certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o

consular de conducta.

– Medios de vida para residir en España (contrato de trabajo, nóminas, informe laboral de la Tesorería de la Seguridad Social, o cualquier otro medio de prueba).

– Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad, en su caso.

– Certificación literal de nacimiento del cónyuge expedido por Registro civil español.

– Certificación de matrimonio expedido por Registro civil español actualizado, esto es, expedido en fechas próximas a la solicitud de nacionalidad.

– Certificación de defunción del cónyuge.

– Certificado de empadronamiento conjunto o convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.


Refugiados.


a) Modelo de solicitud normalizado y aprobado por Resolución de 7/05/2007, de la Subsecretaría («BOE» 25/07/07).

b) Tarjeta de Identidad de extranjeros donde conste su condición de refugiado.

c) Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951.

d) Certificado de empadronamiento.

e) Certificado de la oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior donde conste:


– Nombre y apellidos.

– Fecha y lugar de nacimiento.

– Nombres de los padres.

– Que mantiene su condición de refugiado.

Este certificado tendrá una validez de seis meses desde la fecha de su expedición.

f) Certificado de nacimiento de los hijos menores de edad. En el caso de que los hijos menores de edad tuvieran el estatuto de refugiados en España, se deberá presentar el certificado, referido a la situación de los menores, contemplado en la letra e).

Nacidos en territorio español.

– Modelo de solicitud normalizado y aprobado por Resolución de 7/05/2007, de la Subsecretaría («BOE» 25/07/07).

– Tarjeta de identidad de extranjero, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o certificado del Registro Central de extranjeros.

– Pasaporte.

– Certificado de empadronamiento, en su caso.

– Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.

– Si es mayor de edad, certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o consular de conducta.

– Medios de vida para residir en España (contrato de trabajo, nóminas, informe laboral de la Tesorería de la Seguridad Social, o cualquier otro medio de prueba).

– Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad, en su caso

– Certificación de nacimiento del interesado inscrito en Registro Civil español.

Quienes no hayan ejercido oportunamente la facultad de optar.

– Modelo de solicitud normalizado y aprobado por Resolución de 7/05/2007, de la Subsecretaría («BOE» 25/07/07).

– Tarjeta de identidad de extranjero, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión

Europea o Certificado del Registro Central de extranjeros.

– Pasaporte.

– Certificado de empadronamiento.

– Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducida y legalizada

– Si es mayor de edad, certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o consular de conducta.

– Medios de vida para residir en España (contrato de trabajo, nóminas, informe laboral de la Tesorería de la Seguridad Social, o cualquier otro medio de prueba).

– Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad, en su caso

– Certificación de nacimiento del padre/madre español.


Menores en régimen de tutela, guarda o acogimiento no provisional.

– Modelo de solicitud normalizado y aprobado por Resolución de 7/05/2007, de la Subsecretaría («BOE» 25/07/07).

– Tarjeta de identidad de extranjero, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de extranjeros.

– Pasaporte.

– Certificado de empadronamiento.

– Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.

– Medios de vida para residir en España (contrato de trabajo, nóminas, informe laboral de la Tesorería de la Seguridad Social, o cualquier otro medio de prueba).

– Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad, en su caso.
Y además, en los casos de acogimiento familiar, auto del Tribunal competente por el que se designe a la persona que va a ejercer la tutela, guarda o acogimiento. En los casos de acogimiento por Institución española, resolución de dicha Institución asumiendo la tutela, guarda o acogimiento.


Sefarditas.

– Modelo de solicitud normalizado y aprobado por Resolución de 7/05/2007, de la Subsecretaría («BOE» 25/07/07).

– Tarjeta de identidad de extranjero, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de extranjeros.

– Pasaporte.

– Certificado de empadronamiento.

– Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.

– Si es mayor de edad, certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o

consular de conducta.

– Medios de vida para residir en España (contrato de trabajo, nóminas, informe laboral de la Tesorería de la Seguridad Social, o cualquier otro medio de prueba).

– Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad, en su caso.

Y para acreditar la condición de sefardí deberá aportar:

– Justificación del interesado de su inclusión, o descendencia directa, en las listas de

familias de sefarditas protegidos por España.

– Justificar por los apellidos que ostenta, por el idioma familiar o por otros indicios

que demuestren la tradición de pertenencia a tal comunidad cultural.

– Certificado de la Comunidad israelita reconocida en España que acredite la

pertenencia del interesado a la religión judía sefardita.

Descendiente de español (que no pueda acogerse a la disposición adicional séptima de la ley 52/2007).

– Modelo de solicitud normalizado y aprobado por Resolución de 7/05/2007, de la Subsecretaría («BOE» 25/07/07).

– Tarjeta de identidad de extranjero, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de extranjeros.

– Pasaporte.

– Certificado de empadronamiento.

– Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.

– Si es mayor de edad, certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o

consular de conducta.

– Medios de vida para residir en España (contrato de trabajo, nóminas, informe laboral de la Tesorería de la Seguridad Social, o cualquier otro medio de prueba).

– Certificación de nacimiento de los hijos menores de edad, en su caso.

– Certificación literal de nacimiento del padre/madre español.

– Certificación literal de nacimiento abuelo/abuela, sólo cuando uno de ellos, o ambos, sean ascendientes españoles. En este caso, deberá presentarse también la

certificación de nacimiento del padre/madre descendiente de español, aunque él/ella haya sido o no español.


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