martes, 8 de septiembre de 2015

El Exequatur: reconocimiento de sentencias extranjeras



Exequatur es el procedimiento para el reconocimiento de sentencias extranjeras firmes.

Una sentencia es firme cuando no se puede recurrir, si alguna de las partes del proceso no reside en el país donde se dicta la sentencia tendrá que promover el Exequatur en el país en el que reside para que la sentencia produzca sus efectos en él.

El Exequatur se inicia  cuando lo solicita expresamente el ciudadano español o el extranjero que reside en España de forma legal, y que haya sido parte del proceso que ha dado a la sentencia  que se pretende reconocer.
Es un procedimiento que tiene como objetivo el reconocimiento de los efectos de una sentencia que se dictó en otro estado, con ello se asegura una serie de requisitos para que pueda ser reconocida aquí, ya que si se trata de una sentencia que recoge derechos contrarios al derecho español, en este caso no tendría lugar ese reconocimiento. Por lo tanto se mira aquí si  la sentencia cumple los requisitos para ser homologada en España.
Con el  Exequatur no quiere decir que la sentencia se va a ejecutar automáticamente, la ejecución es un proceso distinto y autónomo.

El Exequatur más común es el de las sentencias de derecho de familia (divorcio, pensiones de alimentos…). 

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